En el Ministerio de Educación de la Nación se realizó ayer
la reunión de la Comisión Negociadora de la Educación Privada , en donde se
firmó un Acta acuerdo entre el Sindicato y las entidades que nuclean a los
empleadores de la actividad, para mejorar las condiciones de trabajo de los
docentes.
Tras de 20 años de lucha, y en un momento histórico, el
Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) logró firmar ayer un Acta
acuerdo por el Convenio Colectivo de Trabajo con los representantes de las Cámaras
Patronales de las instituciones educativas de gestión privada. Los reclamos de
SADOP por mejorar la calidad de vida y trajo de los educadores de todo el país
está dando sus frutos después de un largo camino.
El Ministro de Educación de la Nación , Alberto Sileoni,
selló el pacto junto con el Secretario General de SADOP, Mario Almirón, y los
representantes de la Confederación Argentina de Instituciones Educativas
Privadas (CAIEP), la Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada
(COORDIEP) y el Consejo Superior de Educación Católica (CONSUDEC).
El acuerdo fija condiciones mínimas de trabajo para todos
los docentes privados de todo el país y puede considerarse un Convenio
Colectivo. Ésta firma supone un avance en el histórico reclamo de SADOP por
establecer las condiciones de trabajo mediante el mecanismo de las paritarias.
“Creemos que éste camino servirá para mejorar de modo continuo las condiciones
y medio ambiente de trabajo de nuestros compañeros, a la par de reafirmar la
idea de educación como Derecho Humano para todos sin exclusiones de ningún
tipo”, remarcó Almirón.
La Comisión acordó el
mecanismo para dotar de obligatoriedad a las disposiciones normativas
contenidas en el acuerdo, para que lo allí pactado sea de obligatorio
cumplimiento para todos los trabajadores y empleadores de la enseñanza privada,
en todo el país.
Este acuerdo privilegia la relación con los representantes
de los empleadores y la participación del Poder Ejecutivo Nacional como
mecanismo para adoptar decisiones, para democratizar las relaciones laborales
docentes, elevando los niveles de protección dados por las leyes y
especificando cuestiones no previstas en ellas. A lo largo de julio SADOP
intercambiará propuestas de nuevos capítulos del Convenio con los empleadores,
para poder suscribir nuevas Actas Acuerdo en el futuro.
De la reunión participaron también, el Director de
Asistencia Técnica para la Enseñanza Pública de Gestión Privada, Enrique
Martín, Elena Otaola y Silvia Squire, en representación del Ministerio de
Trabajo de la Nación. Por las entidades empleadores estuvieron presentes el
Padre Alberto Bustamante y Claudio Ramos (CONSUDEC); Norberto Baloira
(Coordiep); Rodolfo De Vincenzi y Alfredo Fernández (CAIEP). Por SADOP Juan
Carlos Cuyás, Secretario Adjunto; María Lázzaro, Secretaria de Acción Social;
Jorge Kalinger, Secretario Gremial; Daniel Di Bártolo, Secretario de Educación;
Claudio Gelati, Secretario General de Córdoba y Fernanda Benítez, Secretaria
General de CABA.
Puntos estipulados en el Acta
El Acta acuerdo prevé un mecanismo de doble canal para la
homologación de los convenios. En primer lugar, el Consejo Gremial de Enseñanza
Privada (CGEP) dictará una Resolución receptando el Convenio y lo publicará en
el Boletín Oficial. Si por cualquier motivo, el CGEP no dictase la resolución y
no publicase el acuerdo en el plazo de 20 días hábiles de presentado, tanto
SADOP como las entidades empleadoras estarán habilitadas para solicitar la
homologación ante el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Por otro lado, el Acta define a la educación como "un bien público y un derecho
personal y social". Esta definición es coherente con la caracterización
que hace el SADOP de la educación como "derecho humano" y "bien
público" (es decir del pueblo) y se aleja de las visiones mercantilistas y
las que consideran a la educación "un servicio" y a los alumnos
"usuarios" o "consumidores".
Además, rescata la definición de la Ley de Educación
Nacional respecto de la educación como prioridad nacional y une ello al
instrumento del aporte estatal como modo concreto de garantizar la inclusión
educativa. Subraya la importancia de la asistencia financiera del Estado, pero
no condiciona los derechos de los docentes privados a esa asistencia. Es clara
en ese sentido la siguiente disposición del Convenio: "la no obtención del
aporte estatal o la demora en su percepción no exime al propietario de su
obligación de pagar los sueldos conforme la ley". Por ello, el sector empleador expresa su
voluntad de recomponer progresivamente el salario de todos los docentes.
En cuanto a la contratación laboral el Acta acuerdo define a
los trabajadores comprendidos; la forma típica de contratación y las
excepciones. Se trata de una respuesta parcial, pero positiva en relación a
cuestiones básicas. Empezamos por lo básico para a partir de ello estructurar
las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) en la realidad.
La forma de contratación típica es el contrato de trabajo
por tiempo indeterminado. Esta fórmula sintetiza el derecho a la estabilidad de
la Ley de Educación Nacional. Los contratos a término además de reunir todos
los requisitos legales para su validez estarán sujetos a un mecanismo de
control: deberán -sin excepciones-ser registrados ante el Consejo Gremial de
Enseñanza Privada. Esta disposición le da SADOP una herramienta extraordinaria
para controlar los fraudes laborales y defender los derechos de los docentes
privados.
Gerardo Alzamora
Secretario de Comunicación y Prensa
SADOP
Mario Almirón
Secretario General
SADOP
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