Única entidad gremial autorizada para afiliar, representar y defender a todos los docentes privados, de todos los niveles y modalidades educativas. Con la SOLIDARIDAD como horizonte, luchando por la realización plena del trabajador de la educación.

martes, 29 de marzo de 2011

Algunas reflexiones sobre la distancia entre los valores y la realidad


Dos casos sucedidos en los últimos días en escuelas privadas de nuestro país nos muestran algunos de los obstáculos que debemos remover para que las estructuras de injusticia presentes en la realidad no continúen perjudicando a los docentes.
En Rosario, una docente de nivel inicial con once años de antigüedad en el cargo fue despedida sin causa por su empleador, con el arbitrario “argumento” de que no reunía las condiciones para “…ser docente mía…” (1).

En un Colegio de Río Negro, la empleadora solicita el listado de los docentes afiliados al SADOP para excluirlos de los candidatos a la vacante vice/dirección del establecimiento, pese a que varios de ellos acreditan una antigüedad, experiencia y formación destacable. Termina nombrando a una persona no afiliada al Sindicato, lo cual refuerza la sospecha de que se trataría de un acto discriminatorio.

Recorriendo nuestra Argentina, nos damos con que, lamentablemente, estos casos no son excepcionales, sino, que ocurren con demasiada frecuencia.

Desde la óptica de la defensa de los derechos de los docentes privados y encaminados a generar conductas que transformen la realidad, realizamos ahora una análisis de lo que éstos casos suponen.

La Justicia de las oportunidades
Uno de los valores fundamentales de una política educativa democrática y popular es lo que llamamos “justicia de las oportunidades”. Es para nosotros un concepto más amplio y completo que la “igualdad” de oportunidades. Mientras ésta postula las mismas e idénticas posibilidades para todos -desde una perspectiva influida por el liberalismo- hablar de “Justicia” en el acceso y permanencia en el sistema educativo, supone en cambio, una intervención de la comunidad y el Estado encaminada a superar los desequilibrios regionales y las inequidades sociales. En suma, dar a cada uno lo que le corresponde, en función de su situación (y no a todos lo mismo).

La Ley de Educación Nacional 26.206 ha receptado este valor y lo ha convertido en norma.

El artículo 79 de la norma dispone: El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, fijará y desarrollará políticas de promoción de la igualdad educativa, destinadas a enfrentar situaciones de injusticia, marginación, estigmatización y otras formas de discriminación, derivadas de factores socioeconómicos, culturales, geográficos, étnicos, de género o de cualquier otra índole que afecten el ejercicio pleno del derecho a la educación”.

El trato no/discriminatorio es un principio básico de la ley que rige el sistema educativo nacional y es coherente con las directivas de la Constitución Nacional. La libertad de enseñanza -que es un derecho reconocido por la Constitución- debe ser ejercida respetando plenamente esta obligación de no discriminar.

La ausencia de causas legítimas que fundamenten algunas decisiones
Cuando un establecimiento educativo privado guarda silencio y no expone las causas de un despido o no argumenta por qué los afiliados al Sindicato no pueden aspirar a ocupar un cargo directivo, la decisión aparece teñida de arbitrariedad.

Expresar las causas de decisiones controvertidas implica la posibilidad de ponderar los argumentos, su razonabilidad o no, y exponerse a la crítica de los mismos. En el caso de los docentes despedidos, existiendo el “sumario previo” (ley 13.047), debería ser norma de toda escuela privada, formular sus cargos al docente en el mismo, para que éste tenga la oportunidad de defenderse. Cuando ello no es así (como ocurre en el caso de la docente de Rosario, que antes mencionamos), se está sancionando al educador con la máxima dureza, sin el elemental derecho de ser previamente escuchado. Tan irracional es a veces la conducta, que no puede sostenerse con ningún argumento.

Además de dar un trato indigno hacia la persona del docente, ello pone en crisis una de las funciones que se le atribuye a la escuela: “…ser defensora de la verdad.” (2)

Del mismo modo, cuando en lugar de “promover” al docente privado que cumple con esfuerzo su trabajo cotidiano, se lo relega porque ejerce un derecho constitucional afiliándose a su Sindicato, se lo está sancionando sin causa, motivo ni argumento. Pura arbitrariedad e irracionalidad.

El Régimen de Contrato de Trabajo, en su Capítulo de la formación profesional, es aplicable a los docentes privados. En tal normativa se establece claramente : “la promoción profesional y la formación en el trabajo en condiciones igualitarias de acceso y trato será un derecho fundamental para todos los trabajadores y trabajadoras”.

Claramente, la discriminación a un grupo de docentes por su participación en SADOP viola este derecho. Excluidos de la posibilidad de acceder a un cargo directivo porque no resignan sus derechos constitucionales, los Compañeros no merecen ni deben tolerar ese maltrato.

Cabe preguntarse si la “justicia de las oportunidades” (que alcanza a alumnos y docentes) y la prohibición de discriminación se encuentran en la realidad en estos casos que comentamos. La respuesta es negativa. Y nos obliga a redoblar los esfuerzos para cambiar esa realidad, desde la lucha cotidiana.

A modo de conclusión
Si la cultura es “matriz de vida dotada de sentido” (Martínez Paz) , las escuelas son el ámbito donde se debiera encontrar el sentido que guíe nuestro recorrido como miembros de la comunidad.

Cuando el sin/sentido se apodera de las instituciones educativas, éstas resultan doblemente afectadas. Por un lado, las decisiones arbitrarias comportan daños en sí mismas, porque ofenden la naturaleza ético/social propia de cada persona. Pero además, anulan la función principal de la educación: formar en valores, proporcionar claves, dotando de sentido a la cultura ya la sociedad.

Nuestros jóvenes nos reclaman “menos marketing” y más acciones. Prediquemos con el ejemplo. Seamos auténticos y no neguemos en la realidad lo que declamamos en los discursos.

Nuestro querido país ha recorrido - y en algún sentido todavía transita - por caminos impregnados de autoritarismo y desencuentros entre hermanos. Sería un buen símbolo de Paz y Justicia hacia la comunidad que formamos, que la educación privada y sus docentes acordaran desterrar de su ámbito aquellas conductas que agreden la dignidad de las personas.


(1) “El despido de una maestra abre el debate sobre los concursos docentes”. Diario La Capital de Rosario, edición digital, 12 de marzo de 2011. www.lacapital.com.ar. En la nota se relata cómo el Colegio Boneo, despidió sin causa a una docente del nivel inicial y se informa del contundente rechazo de la Seccional Rosario del SADOP.

(2) Iturrez, Ricardo. El PEI, una herramienta jurídica ante los nuevos cambios culturales. Revista CONSUDEC. Página 25.

Por Mario Almirón
Consejo Directivo Nacional
SADOP

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